Saltar al contenido
Evolut

9 de octubre de 2026

Política 3 min

El Gobierno pide al Supremo levantar la suspensión del voto de la ley de nietos ante el 29-N

La Abogacía del Estado solicita al Tribunal Supremo que revoque las medidas cautelares que impiden votar a los nacionalizados por la ley de nietos, al ser materialmente imposible revisar los más de 160.000 expedientes antes de las elecciones del 29 de noviembre.

La Abogacía del Estado ha reclamado al Tribunal Supremo que levante la suspensión cautelar que impide ejercer el derecho al voto a los beneficiarios de la conocida como ley de nietos ante la inminencia de las elecciones generales del 29 de noviembre. En un escrito de alegaciones presentado este 8 de octubre, los servicios jurídicos del Estado sostienen que el adelanto electoral hace «materialmente imposible» completar la revisión individualizada de los más de 160.000 electores potencialmente afectados antes del cierre del censo electoral, previsto para el 12 de octubre.

El Supremo acordó el pasado 8 de septiembre suspender cautelarmente los efectos electorales de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) basadas en la instrucción de 2022 del Ministerio de Justicia, que presumía la condición de exiliado para quienes salieron de España entre 1936 y 1955. La medida no anula las nacionalidades ya concedidas, pero impide votar a quienes no acrediten documentalmente el exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, salvo que presenten una certificación consular en ese sentido.

La Abogacía del Estado argumenta que mantener la suspensión privaría del derecho fundamental al sufragio a miles de ciudadanos españoles residentes en el extranjero sin haberles concedido trámite de audiencia, generando indefensión. Según el escrito, no existe plazo suficiente para identificar caso por caso a los afectados, que cifra en 163.020 personas, aunque otras fuentes elevan la cifra hasta 168.896. Con el calendario actual, los servicios jurídicos del Estado consideran que solo hay dos opciones prácticas: suspender a todos los inscritos en el CERA, algo inviable, o no suspender a ninguno.

El recurso original fue interpuesto por Vox e Iustitia Europa contra la Junta Electoral Central. La Abogacía del Estado cuestiona defectos procesales de la demanda y sostiene que el impacto electoral de estos votos sería ínfimo o inexistente «por pura matemática». Además, denuncia que el verdadero propósito de los recurrentes sería eliminar el derecho de voto de españoles procedentes del exilio.

El asunto afecta a una parte significativa de los más de 500.000 nacionalizados por esta vía, concentrados en buena medida en unos 16 consulados que aglutinan la mayoría de las inscripciones. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dio esta semana un plazo improrrogable de 48 horas, que finalizaba este jueves, para que las partes formulen sus alegaciones. El alto tribunal debe ahora resolver sobre el levantamiento de las cautelares en un contexto de máxima urgencia electoral.

6Visitas

Elena Lozano

Autor

Periodista de sociedad

Elena Lozano cubre para Evolut actualidad, política, economía, sociedad y cultura. Su trabajo se centra en la verificación, el contexto y explicaciones claras para los lectores.

Seguir en Política

  1. ERC activa un plan B para el Congreso ante las dudas de Rufián
  2. El Tribunal de Cuentas da cinco días a Fiscalía y Comunidad de Madrid para decidir si investiga el ático de Chamberí
  3. Feijóo nombra a Tellado director de campaña y moviliza su núcleo duro para el 29-N
  4. El Supremo anula el decreto de Universidades por tramitarlo con urgencia sin justificarla