David Sánchez recurre su condena por prevaricación y denuncia una «investigación prospectiva»
La defensa del hermano del presidente del Gobierno pide su absolución ante el TSJEx y alega vulneración de derechos fundamentales en el proceso que le impuso nueve años de inhabilitación por su contratación en la Diputación de Badajoz.
Por Iván Serrano
La defensa de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia que le condenó a nueve años de inhabilitación para cargo o función pública por un delito de prevaricación administrativa. El escrito, de más de cien páginas, solicita su absolución y sostiene que la Audiencia Provincial de Badajoz llevó a cabo una «investigación prospectiva» contra él, según han confirmado fuentes jurídicas.
El abogado Emilio Cortés, que ejerce la defensa de David Sánchez, alega en el recurso la vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia, al secreto de las comunicaciones y a la intimidad. A su juicio, todos ellos se vieron afectados por un procedimiento judicial construido sobre una investigación prospectiva, es decir, una indagación sin indicios previos sólidos que la justificaran.
La condena, dictada hace tres meses, se refiere exclusivamente al cambio de denominación de su puesto de trabajo en la Diputación de Badajoz, que pasó de coordinador de conservatorios a jefe de la Oficina de Artes Escénicas. La defensa sostiene que en ningún momento de la sentencia se acredita «qué hizo o dejó de hacer» David Sánchez para «torcer el Derecho» y convertir ese proceso en una supuesta ilegalidad administrativa.
El recurso cuestiona también el origen de la instrucción, que se inició a partir de una denuncia de Manos Limpias basada en informaciones periodísticas. «La mera publicación de informaciones en medios de comunicación no puede justificar sin más la apertura de un procedimiento penal para la investigación», argumenta Cortés, si la denuncia o querella que las incorpora no aporta algún indicio de la comisión de un delito que pueda ser calificado como accesible y racional.
En el escrito se subraya que ninguna de las imputaciones iniciales con signos delictivos —enriquecimiento injusto, fraudes, malversación, exacciones ilegales o delitos contra la Hacienda Pública— «resistió un mínimo de investigación». A juicio del letrado, «con base en el cebo de un absentismo laboral inexistente» por parte de David Sánchez, «se abre la veda» para desplegar una investigación judicial que «sólo cabe reputar racionalmente como prospectiva».
La defensa también critica que la sentencia «mezcla» los fundamentos sustantivos y probatorios de la coautoría con la cooperación necesaria «como si fueran homologables», lo que constituye, a su entender, un signo de quiebra de las garantías de tutela judicial efectiva y de presunción de inocencia. Asimismo, sostiene que las imputaciones a David Sánchez «se esconden tras la argumentación judicial, no cabe duda, por el libro de familia de los padres de nuestro mandante; esto es, por la condición de político de su hermano».
El recurso arremete igualmente contra algunas de las acusaciones populares personadas en el procedimiento, entre las que se encuentran Vox, PP, Manos Limpias e Iustitia Europa, aunque el escrito no las cita expresamente. Según Cortés, estas acusaciones «tienen por objeto social la redacción de querellas para la tutela de fines etéreos que envuelven artificiosamente otros intereses, de los que se están conociendo ahora que se acercan las elecciones generales».
No obstante, el abogado defensor matiza que todas las acusaciones populares, «menos Manos Limpias, que obró con toda limpieza procesal en este momento —referido a la presentación de las conclusiones definitivas en el juicio—», operaron en «fraude de ley» al tratar de «alterar el grado de participación» de David Sánchez después de que se declarara la prescripción del delito de aceptación de nombramiento ilegal.
El recurso de apelación presentado ante el TSJEx deberá ser resuelto por este tribunal, que revisará la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz. La defensa confía en que se estime la vulneración de derechos fundamentales alegada y se revoque la condena de nueve años de inhabilitación, que impediría a David Sánchez ocupar cualquier cargo o función pública durante ese periodo.
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