El Supremo anula el decreto de Universidades por tramitarlo con urgencia sin justificarla
El Tribunal Supremo anula el Real Decreto 905/2025 que endurecía los requisitos para crear universidades al considerar que el Gobierno no justificó la urgencia. El Ministerio de Ciencia anuncia una nueva norma.
Por Marcos Esteban
El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 905/2025, que endurecía los requisitos para crear y reconocer universidades en España. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y deja sin efecto la norma, que modificaba el Real Decreto 640/2021 y otras tres disposiciones sobre el registro de centros, la expedición de títulos y la organización de las enseñanzas.
La sentencia, fechada el 30 de septiembre y con ponencia de Antonio Jesús Fonseca-Herrero, se deliberó junto con otros diez recursos contra el mismo decreto. El fallo no entra a valorar el contenido de la norma, sino que se basa en un defecto de procedimiento: el Consejo de Ministros acordó el 1 de abril de 2025 tramitar el proyecto por la vía de urgencia, lo que permitió saltarse la consulta pública previa que exigen la Ley del Gobierno y la ley del procedimiento administrativo común.
Según el artículo 27.1.b) de la Ley del Gobierno, esa vía solo cabe ante «circunstancias extraordinarias» que no pudieron preverse y que exijan aprobar la norma con premura. Para el Supremo, el Gobierno no acreditó la urgencia de forma «debidamente justificada», y la omisión de la consulta supone un vicio de nulidad de pleno derecho. Por ello, la Sala ni siquiera examina los preceptos concretos que el recurso también impugnaba, como el mínimo de 4.500 estudiantes a los seis años o la obligación de ofrecer alojamiento para el 10 % del alumnado.
La sentencia desmonta uno por uno los argumentos del Ejecutivo. El acuerdo de urgencia y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo describían el crecimiento de las universidades privadas, que pasaron de cuatro en 1983 a 47 en 2024, con otras seis propuestas en trámite, y la expansión de la docencia virtual, que ya concentra el 26 % del alumnado. Pero el tribunal sostiene que son rasgos conocidos del sistema, no circunstancias extraordinarias ni imprevisibles, y que los documentos no explican qué problemas concretos o efectos perjudiciales exigían saltarse el trámite.
El único elemento para justificar la urgencia, que la norma estuviera lista para el curso 2025-2026, es para la Sala «más una voluntad política» de entrada en vigor rápida que una causa objetiva. Añade que el preámbulo del decreto ni siquiera menciona el acuerdo de urgencia y que el dictamen del Consejo de Estado tampoco se pronuncia sobre ella.
El Supremo subraya además la relevancia constitucional de la consulta pública, que enlaza con la participación ciudadana en materia educativa (artículos 27.5 y 27.7 de la Constitución), con el deber de los poderes públicos de facilitarla (artículo 9.2) y con la audiencia en la elaboración de normas (artículo 105). La Sala apunta, incluso, que los cambios introducidos por la Ley Orgánica del Sistema Universitario de 2023 podrían haber servido de argumento para la urgencia, pero que el Gobierno no lo planteó ni en el acuerdo ni en la memoria.
El fallo impone las costas a la Administración del Estado, en una cuantía de 6.000 euros, y ordena su publicación en el BOE, momento desde el que la anulación tendrá efectos generales. La sentencia supone un revés para el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que había defendido el decreto como una herramienta para reforzar la calidad del sistema frente a la proliferación de nuevos centros privados y online.
A primera hora de la tarde, el Ministerio ha anunciado que trabaja en una nueva norma para aprobarla «lo antes posible» con el fin de restaurar el decreto que frenaba la creación de universidades privadas. Fuentes del Ministerio han señalado que respetan la sentencia, pero «no cambia nuestra convicción sobre la necesidad de contar con una regulación que ordene el crecimiento del sistema universitario y garantice su calidad». La ministra Diana Morant ha recordado que en España hay 50 universidades públicas y 49 privadas.
Queda por ver si el Gobierno optará por repetir la tramitación, esta vez con consulta pública, para recuperar unos requisitos que el Supremo no ha llegado a valorar en cuanto al fondo. El fallo se produce en pleno debate sobre la aprobación de los decretos de la vivienda en la Diputación Permanente, el órgano que mantiene las funciones del Congreso cuando la Cámara está disuelta, y puede interpretarse como un aviso a navegantes sobre el uso de la vía de urgencia.
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