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Evolut

29 de septiembre de 2026

Economía 5 min

El borrador del decreto de vivienda prohíbe desahucios hasta 2028 y concede ayudas fiscales a caseros e inquilinos

El Gobierno negocia un decreto ley de vivienda que suspende los desahucios de personas vulnerables hasta 2028, endurece el alquiler temporal y ofrece bonificaciones fiscales a propietarios e inquilinos para lograr apoyos parlamentarios.

El Gobierno ha puesto en circulación un borrador de decreto ley de vivienda que suspende los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad económica hasta el 31 de diciembre de 2028, endurece las condiciones del alquiler temporal y concede bonificaciones fiscales a propietarios e inquilinos. El texto, que se prevé aprobar en el Consejo de Ministros del próximo martes 29 de septiembre, responde al compromiso adquirido tras el desahucio de Maricarmen, una mujer de 87 años que llevaba siete décadas viviendo en un piso en el distrito madrileño de Retiro.

La protección frente a los desahucios se articula mediante la suspensión judicial de los procesos cuando afecten a personas sin alternativa habitacional. La medida tendrá una duración máxima de tres años y se revisará cada doce meses. Cuando el desahucio afecte a un pequeño propietario, será la Administración quien asuma los gastos de compensación del proceso, incluidos impagos anteriores, suministros y otros daños ocasionados. El borrador también ampara las solicitudes de prórroga de contratos de alquiler formuladas al amparo del decreto impulsado por Sumar, que fue derogado por el Congreso.

En materia de alquiler temporal, el texto reforma el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 para obligar al arrendador a justificar una causa «real y acreditable» de temporalidad. Si no existe, el contrato se convertirá en alquiler de vivienda habitual con efectos retroactivos a su formalización. Se añade un nuevo artículo 9 bis que fija una duración de entre 31 días y un máximo de 12 meses para los alquileres temporales. Si se supera ese plazo sin justificación o se acumulan más de dos contratos consecutivos sin causa, el contrato pasará a ser habitual. La cesión turística se define como el alquiler amueblado y promocionado en canales turísticos con una duración máxima de 31 días.

El borrador también limita la subida de la renta al valor del Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda y prohíbe trasladar al inquilino tributos, gastos de comunidad, de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato. La garantía adicional se limita a un máximo de dos mensualidades en alquiler habitual y a una en temporal, y se prohíbe obligar al inquilino a contratar seguros de impago. Si existen desperfectos que afecten a la habitabilidad y el arrendador no responde en quince días en alquiler habitual o cinco en temporal, el inquilino podrá ejecutar las obras y descontar el coste razonable de la renta posterior.

En las zonas tensionadas, las rentas de los nuevos contratos no podrán superar el contrato anterior o el límite fijado por el sistema de índices de precios de referencia. Las comunidades autónomas podrán rebajar el umbral de gran tenedor de diez a cinco inmuebles. Se establece un régimen sancionador para las plataformas turísticas que incumplan la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, con multas de entre 100.000 y un millón de euros.

La norma modifica el IRPF y fija reducciones para el casero del 100%, 95%, 90%, 85% y 70%, según las condiciones del contrato, la ubicación y la edad del inquilino. También establece una reducción del 60% para viviendas rehabilitadas y del 80% durante determinadas prórrogas tácitas. Para los inquilinos, introduce una deducción del 10% por alquiler de vivienda habitual en zonas tensionadas, para contribuyentes con base imponible inferior a 33.007,20 euros y con un tope de deducción de 11.630 euros, así como límites progresivos para rentas superiores a 23.007,20 euros. Además, se establece una exención de hasta el 100% de las ganancias patrimoniales por la venta de viviendas a organismos y entidades públicas destinadas a vivienda social y asequible, para transmisiones hasta el 31 de diciembre de 2027 y con valores inferiores a 800.000 euros.

El Ejecutivo ha eliminado del texto cualquier referencia a la reforma de la Ley del Suelo, una exigencia de Podemos para dar su apoyo. Tampoco incluye la propuesta de convertir en indefinidos los contratos de alquiler, reclamada por el Sindicato de Inquilinas y respaldada por Sumar. Con estas medidas, el Gobierno busca atar los votos de Junts y Podemos para sacar adelante un decreto que aspira a evitar situaciones como la de Maricarmen y a intervenir en un mercado del alquiler especialmente tensionado.

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Inés Benítez

Autor

Redactora cultural

Inés Benítez cubre para Evolut actualidad, política, economía, sociedad y cultura. Su trabajo se centra en la verificación, el contexto y explicaciones claras para los lectores.

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