El Supremo confirma 21 años de cárcel por degollar a su mujer delante de sus hijos en Almería
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de la defensa y mantiene la condena a 21 años y tres meses de prisión por el asesinato de una mujer en Almería en 2023, cometido mientras daba el biberón a su bebé.
Por Marcos Esteban
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 21 años y tres meses de prisión impuesta a un hombre que mató a su mujer en el barrio de Pescadería, en Almería, en agosto de 2023. El condenado la degolló en presencia de sus hijos, de nueve y ocho años, y de un bebé de apenas cuatro meses.
Los hechos ocurrieron la tarde del 7 de agosto de 2023, cuando la mujer estaba en la cocina dando el biberón a su hijo pequeño. Según recoge la sentencia, el hombre entró en la estancia, agarró un cuchillo de 23 centímetros y, de manera «repentina e inesperada», la degolló. El fallo subraya que la víctima no tuvo «posibilidad de defensa o reacción alguna», ya que no esperaba el ataque.
Fueron los hijos mayores de la mujer quienes salieron corriendo de la casa para pedir ayuda a los vecinos, que llamaron de inmediato a los servicios de emergencia. Al llegar a la vivienda, la Policía Nacional encontró al acusado con el bebé en brazos. El hombre entregó al pequeño a los agentes antes de ser detenido.
El Supremo ha desestimado ahora los cuatro motivos de casación planteados por la defensa del condenado y ha confirmado la existencia de «alevosía» en el ataque, porque se produjo por sorpresa mientras la víctima atendía a su bebé. El alto tribunal mantiene los hechos declarados probados por un tribunal del jurado, que constató el «aislamiento», la «celopatía» y el «dominio» al que el acusado había sometido a su esposa.
El hombre fue condenado por un delito de asesinato con las agravantes de género y parentesco, tras un veredicto unánime del jurado. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya había rebajado la pena en un año y tres meses al eliminar la agravante de ensañamiento. El Supremo ha mantenido la agravante de género al fijar la pena definitiva.
La sentencia describe que el acusado se había obsesionado con la idea de que su mujer «le era infiel», de que «le iba a denunciar para quedarse con la casa» y de que «lo iba a meter en prisión». Durante los últimos meses de convivencia, según el fallo, le había ordenado que «cerrara las ventanas de la casa» y le había prohibido abrirlas. El tribunal también consideró una «manifestación de desprecio a su condición de mujer» que no hubiera hablado a su jefe de la existencia de su esposa.
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